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IDHAE INFORMATION
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De acuerdo con las
informaciones recibidas, el 26 de agosto de 2007, hacia las 5:30 p.m., el Sr.
Juan Carlos González Leiva fue
arrestado y golpeado por varios militares de la Sala Penal del Hospital
Provincial de Camagüey “Amalia Simoni” y por policías y oficiales de la
Seguridad del Estado. En la misma ocasión también resultaron arrestados y
agredidos físicamente los Sres. Luis Esteban Espinosa Echemendía, periodista
independiente, y Eisy Marrero Marrero, miembro del Consejo de Relatores de
Derechos Humanos de Cuba. El hecho se produjo cuando los mencionados querían
entrevistar al hijo de crianza del prisionero de conciencia José Antonio Mola
Porro, quien es discapacitado y está ingresado en la Sala H de ese hospital.
Esta sala y el hospital no son áreas militares, sino públicas y la visita se
iba a realizar dentro del horario de visitas. A los tres los encerraron en la sala de penados y
tuberculosos y quisieron requisar al Sr. Leiva corporalmente, pero se negó y
dijo que solo se dejaría revisar en la sede de la policía. Un rato más tarde
llegó una patrulla y le pidieron una cámara de vídeo digital, la cual
protegía férreamente atándola dentro de una hebilla a su cintura. Les dijo que
les entregaría el casete, pero jamás la cámara. Entonces se le echaron encima
cerca de una decena de policías y guardias de prisión. Lo lanzaron al suelo y
mientras lo golpearon trataban de arrebatarle los dos pequeños bolsos atados
a su cuerpo. A continuación, al Sr Leiva lo arrastraron llevándolo así
hacia un auto, intentando introducirlo en éste. Frente a su resistencia, lo
halaron hacia afuera y lo lanzaron violentamente contra el auto, golpeándolo
en la cabeza contra los marcos superiores de la puerta trasera del lado
derecho al menos en tres ocasiones y golpeándolo también en el hombro
izquierdo y en general en todo el cuerpo. Finalmente, lograron lanzarlo de
cabeza hacia los asientos y, doblándole los pies, encerrarlo en el caluroso
patrullero, junto a los Sres. Espinosa Echemendía y Marrero Marrero. Al llegar a la unidad policial de Avellaneda, el Sr. Leiva
se negó a bajarse del auto por sus propios pies diciéndoles que si lo habían
metido allí por la fuerza que hicieran en ese momento lo mismo. Entonces le
dijeron que no lo complicara más, que lo acusarían de resistencia y que era
un abogado descortés. Lo arrastraron teniéndolo un policía a cada lado y lo
llevaron por todo el piso mugriento de la unidad policial hasta un calabozo
tapiado, caluroso y repleto de orina y excrementos, en donde lo tuvieron 3
horas junto a sus amigos Espinosa Echemendía y Marrero Marrero. Lo dejaron
posteriormente en libertad diciéndole que todo había sido una confusión.
Además le devolvieron su cámara con cuatro casetes, la grabadora y todo lo
demás. Durante el mes de agosto, el Sr. Leiva se ha estado
entrevistando con unos seis prisioneros políticos encarcelados y también con
otros disidentes, labor que forma parte de su trabajo como Secretario
Ejecutivo del Consejo de Relatores de Derechos Humanos de Cuba. El Observatorio manifiesta su honda preocupación por los
actos de hostigamiento sufridos por el Sr. Juan Carlos González Leiva y los
Sres. Espinosa Echemendía y Marrero Marrero, y en particular por las
agresiones físicas y los malos tratos sufridos por el Sr. González Leiva, los
que se inscriben en el marco del hostigamiento continuo en contra de los
defensores de derechos humanos en Cuba. Recordatorio y antecedentes de la situación: El Observatorio recuerda que no es la primera vez que el
Sr. González Leiva es víctima de actos de hostigamiento o de repudio. En
efecto, después de su liberación el 10 de marzo de 2006 de una prisión
domiciliaria que duró cuatro años, fue víctima de constantes actos de repudio
durante todo el año, entre ellos la puesta de altavoces cerca de las ventanas
y puertas de su domicilio para impedirle dormir, centenas de personas que
rodearon su casa y cometieron actos de vandalismo, golpes a los visitantes
venidos en su apoyo, la prohibición a su padre de salir del territorio aunque
había obtenido una visa y reuniones de simpatizantes del régimen frente a su
casa (Ver Informe Anual 2006 del Observatorio). Por otra parte, en marzo de 2007, el domicilio del Sr.
Juan Carlos González Leiva fue cercado por vehículos de la Seguridad del
Estado y de la Policía Nacional, acompañados por numerosos paramilitares de
la Brigada de Acción Rápida. Además, en varias ocasiones se le ha impedido
abandonar su domicilio o recibir visitas (Ver Comunicado de Prensa del 21 de
marzo de 2007). Hasta ahora, el Sr. González Leiva continúa siendo objeto de
una estrecha vigilancia, particularmente en lo que concierne a sus llamadas
telefónicas y cuando recibe visitas. Acción solicitada: Favor escribir a las autoridades cubanas urgiéndoles a: i.tomar de manera inmediata las medidas apropiadas para
garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres.
Juan Carlos González Leiva y los Sres. Espinosa Echemendía y Marrero Marrero,
y de todos los defensores de derechos humanos en Cuba; ii.llevar a cabo una investigación independiente,
exhaustiva e imparcial en torno a la detención arbitraria temporal y a los
malos tratos contra el Sr. Juan Carlos González Leiva, y contra los Sres.
Espinosa Echemendía y Marrero Marrero, con el fin de identificar a los
responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e
imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas
por la ley; iii.poner fin a todo tipo de hostigamiento y de violencia
en contra de los defensores de derechos humanos en Cuba; iv.asegurar la aplicación de lo dispuesto por la
Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la
Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo
referente a la protección del Derecho de toda persona “individual o
colectivo, de promover la protección y el respeto de los derechos humanos, de
las libertades fundamentales, tanto en el plano nacional como internacional y
a esforzarse por ellos” (Art.1), y a la obligación del Estado de garantizar
“la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o
colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación,
negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria
resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente
Declaración” (Art. 12.2); v.de manera general, garantizar el respeto por los
derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de
conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas
por Cuba. Direcciones: Sr. Raúl Castro Ruz, Primer Vicepresidente de los Consejos
de Estado y de Ministros de Cuba, General de Ejército, y Presidente interino
de los Consejos de Estados y de Ministro, y Dr. Fidel Castro Ruz, Presidente
de los Consejos de Estados y de Ministros, La Habana, Cuba, Fax: + 53 7
8333085 (a través del Ministerio de Relaciones Exteriores), Correo-E:
f_castro@cuba.gov.cu Dr. Juan Escalona Reguera, Fiscal General de la República,
Fiscalía General de la República, San Rafael 3, La Habana, Cuba, Fax: + 53 7
669 485 / 333 164 Sr. Felipe Pérez Roque, Ministro de Relaciones Exteriores,
Ministerio de Relaciones Exteriores, Calzada No. 360 Vedado, La Habana, Cuba,
Fax:+ 53 7 8333 085, Correo-E: cubaminrex@minrex.gov.cu General Abelardo Colomé Ibarra, Ministro del Interior y
Prisiones, Ministerio del Interior, Plaza de la Revolución, La Habana, Cuba,
Fax: + 53 7 8301 566 MERCI D'INTERVENIR
IMMÉDIATEMENT. CUB 001 / 0807 / OBS 103 (ESP) |
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